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En segunda instancia, se reformó la sentencia venida en grado, señalando que existió violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico en contra de la mujer mas no en contra de sus menores hijos. Materia: Protección al Consumidor N° de Expediente: N° 590-2009 El presente expediente de Derecho Administrativo gira en torno al procedimiento sancionador iniciado de oficio por la Secretaría de Defensa de los Derechos del Consumidor N° 3 en contra de la Federación Peruana de Fútbol y Teledistribución S.A. por la infracción de lo estipulado en el artículo 38 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que prohíbe cualquier trato discriminatorio en contra de los consumidores. La conducta motivo de sanción consistió en la exclusión de ciudadanos extranjeros del proceso de venta de entradas para el evento deportivo Perú vs Nueva Zelanda, al exigir como requisito indispensable para participar del mismo, el DNI peruano. En última instancia se sanciona a la Federación Peruana de Fútbol con una multa de 10 UIT y se exime de responsabilidad a Teledistribución S.A.","abstract_html":"Materia: Violencia Familiar N° de Expediente: N° 590-2009 El presente expediente gira en torno a la denuncia por violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico que tiene como agraviados a una mujer y a sus tres menores hijos. Durante el proceso se otorgaron las medidas de protección necesarias en salvaguarda de la integridad de los afectados. Tras realizarse las pericias psicológicas respectivas, se determinó que el denunciado incurrió en violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico. En segunda instancia, se reformó la sentencia venida en grado, señalando que existió violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico en contra de la mujer mas no en contra de sus menores hijos. 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